El pasado sábado se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, que entre otros aspectos regula la prórroga (por 4ª vez) del programa “PREPARA” por periodos de seis meses mientras que la tasa de desempleo sea superior al 20% y la ampliación en un año del plazo inicialmente establecido para la reposición del derecho a la prestación por desempleo cuando un trabajador esté afectado por una reducción o suspensión colectiva de su contrato de trabajo en virtud del artículo 47 del ET o de un procedimiento concursal, y posteriormente, se extinga el mismo al amparo de los artículos 51 o 52.c) del ET, o del artículo 64 de la Ley Concursal 22/2003.
Básicamente, los afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas suspensiones o reducciones, con un límite máximo de 180 días, siempre que las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de enero de 2012 y el 31 de diciembre de 2013, ambos inclusive, y que el despido se produzca entre el 12 de febrero de 2012 y el 31 de diciembre de 2014.
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