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sábado, 14 de abril de 2018

Los ticket restaurant; pros y contras

Los ticket restaurante (también llamados cheques restaurante, vales-comida, cheques gourmet, etc.) vienen siendo una retribución en especie que facilita que el empleado pueda comer en aquellos restaurantes que permitan el pago mediante el uso de estos cheques.

El principal beneficio que atesoran es de carácter fiscal ya que están exentos del impuesto del IRPF. Según la Ley de IRPF están exentos del impuesto  las entregas a empleados de productos a precios rebajados que se realicen en comedores de empresa, incluidas las fórmulas indirectas de prestación de dicho servicio admitidas por la legislación laboral (como por ejemplo, la entrega de vales comida o documentos similares, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago), siempre que se cumplan  con los requisitos que a continuación detallamos:

  • Documentos  numerados, nominativos,  intransferibles y sin opción de obtener reembolso del importe no consumido. 
  • Sólo se pueden utilizar en días laborables para el trabajador.
  • El importe máximo a consumir para obtener la exención fiscal es de 11 euros/día (el importe se actualizó a Enero de 2018, antes eran 9 euros/día), por encima de este importe, tributa a IRPF.
  • Las cuantías no consumidas un día no pueden acumularse a otro día.
  • Sólo puedan utilizarse en establecimientos de hostelería.
  • Es incompatible con el devengo de dietas exentas de manutención por el mismo día (por desplazamiento del trabajador durante su jornada de trabajo a municipio distinto de su domicilio o centro de trabajo habitual).
  • La empresa que los emita debe llevar un escrupuloso registro de los mismos que permita conocer quien los utiliza, cuando y como; caso contrario (y aunque se cumplan el resto de requisitos) Inspección Tributaria puede "tumbar" su exención.
  • Deben de reflejarse en nómina como retribución en especie exenta (siempre que cumpla con los requisitos legales) y su imputación en nómina debe de efectuarse en base al consumo real del mes.


Cabe reseñar, no obstante, que los tickets restaurant sí tienen que cotizar a la Seguridad Social por lo que se diluye bastante su optimización impositiva, ya que implican un coste adicional de cotización de aprox casi el 40 % sobre el valor  de los mismos (un aprox 31-34% a cargo del empresario y 6,35-6.40% a cargo del trabajador). Por contra, computan para la base reguladora de cualquier prestación del Sistema Público de Seguridad Social (Desempleo, Incapacidad Temporal, Incapacidad Permanente, Jubilación, etc. ).

1 comentario:

  1. Los cheques restauran como menciona etheliftco no son mas que marketing para ellos mismos

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