En el BOE de hoy, 30/01/2012, se ha publicado la resolución de 23 de enero de 2012, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 3 de enero de 2011, y por la que se aprueba el modelo 145, de comunicación de datos del perceptor de rentas del trabajo a su pagador o de la variación de los datos previamente comunicados.
Uno de los cambios introducidos en el mismo respecto al anterior modelo viene a colación por la decisión que tomó recientemente el Gobierno de recuperar la deducción fiscal por compra de vivienda habitual para todos los niveles de renta, desapareciendo así pues, el anterior tope de 22.000 euros anuales para compras efectuadas a partir de 01/01/2011.
En consecuencia, con fecha de efectos de 01 de febrero de 2012 desaparece la distinción entre los dos regímenes, general y transitorio, y en el nuevo modelo vuelve a figurar una única casilla para la deducción por compra de vivienda habitual con tope por rendimientos del trabajo conjuntos de 33.007,50 euros a los meros efectos de reducir el tipo de retención de IRPF en dos enteros, aunque este tope de 33.007,50 euros no operará a efectos de deducción en la Declaración de Renta que presente el contribuyente.
Otra de las novedades es que se suprime la referencia de que no podrá utilizarse la vía telemática o electrónica para el envío del modelo 145 en los supuestos en que deban adjuntarse a la misma los documentos a que se refiere el párrafo segundo del apartado quinto de la presente resolución (el testimonio literal de la resolución judicial de la pensión compensatoria o anualidades por alimentos), aunque impone el deber de conservar los originales cuando los hubiera remitido por medios electrónicos junto a la comunicación.
En consecuencia, con fecha de efectos de 01 de febrero de 2012 desaparece la distinción entre los dos regímenes, general y transitorio, y en el nuevo modelo vuelve a figurar una única casilla para la deducción por compra de vivienda habitual con tope por rendimientos del trabajo conjuntos de 33.007,50 euros a los meros efectos de reducir el tipo de retención de IRPF en dos enteros, aunque este tope de 33.007,50 euros no operará a efectos de deducción en la Declaración de Renta que presente el contribuyente.
Otra de las novedades es que se suprime la referencia de que no podrá utilizarse la vía telemática o electrónica para el envío del modelo 145 en los supuestos en que deban adjuntarse a la misma los documentos a que se refiere el párrafo segundo del apartado quinto de la presente resolución (el testimonio literal de la resolución judicial de la pensión compensatoria o anualidades por alimentos), aunque impone el deber de conservar los originales cuando los hubiera remitido por medios electrónicos junto a la comunicación.
Mi marido está cobrando el paro que opción marco la 2 o 3??????
ResponderEliminarLa opción es 3, siempre y cuando, la previsión de percepciones por desempleo no supere los 1500 euros para esta 2012
ResponderEliminarGracias y slds