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sábado, 2 de julio de 2016

El CGPJ crea una herramienta de cálculo de indemnizaciones laborales

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)  ha creado una aplicación web para que los profesionales del sector y ciudadanos puedan calcular las indemnizaciones laborales por extinción de un contrato de trabajo.

Basta  introducir  tres datos: la fecha de inicio de la relación laboral, la fecha de finalización de esa relación y el salario bruto (nunca neto percibido) en cómputo diario, mensual o anual (a escoger). Es preferible escoger la opción de salario bruto anual (con inclusión del salario dinerario y en especie) e incluir en el mismo (aparte de las 12 mensualidades ordinarias) cualquier tipo de paga de devengo superior al mes (pagas extraordinarias, bonus, etc) y todas aquellas variables salariales (no incluidas en el salario fijo) percibidas en el último año antes de la extinción contractual. 

La aplicación  del CGPJ calcula la indemnización hasta en ocho supuestos distintos según causas de extinción y calificación tasadas por la ley y la vigente doctrina jurisprudencial que la interpreta, a saber; despido improcedente, extinción del contrato por voluntad del trabajador, extinción por causas objetivas, despido colectivo, movilidad geográfica, modificación sustancial de condiciones de trabajo, contrato de fomento de la contratación indefinida con despido objetivo improcedente y extinción del contrato temporal o de un trabajador indefinido no fijo.

En aquellos supuestos de despido disciplinario, y siempre que la relación laboral se hubiera iniciado antes del 12 de febrero de 2012 -cuando entró en vigor la reforma laboral que abarató el despido- la aplicación calculará la indemnización en dos tramos, correspondientes a los periodos anterior y posterior a esa fecha.

Por razones de sencillez, claridad y operatividad, no se ha incluido en la herramienta informática el cálculo de indemnizaciones en, entre otros, los siguientes supuestos: indemnización a cargo del Fogasa, indemnizaciones reguladas en las relaciones laborales especiales, indemnizaciones que pudieran corresponder a trabajadores fijos discontinuos y otras situaciones complejas, como contratos de trabajo con jornadas reducidas o indemnizaciones previstas en normativa especial.

Los resultados son vinculantes.

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