El Real Decreto-ley 20/2017, de 29 de diciembre, que entró en vigor el mismo 30 de diciembre de 2017, en cuya disposición
adicional única se fija en un 4% el incremento del salario mínimo
interprofesional para 2018. Las nuevas cuantías establecidas con carácter general son las siguientes:
-SMI diario: 24,53 €.
-SMI mensual: 735,90 €.
-SMI anual (14 pagas): 10302,60 €.
-SMI diario: 24,53 €.
-SMI mensual: 735,90 €.
-SMI anual (14 pagas): 10302,60 €.
Por otro lado, el Real Decreto 1079/2017,
de 29 de diciembre estipula que desde el 1 de enero, se aplica con carácter
general un incremento del 0,25% a las pensiones abonadas por dicho sistema,
incluidas las derivadas de contingencias profesionales.
Respecto al IPREM (Indicar Público de Renta de Efectos Múltiples), se congela respecto 2017, quedando fijado para 2018 en las mismas cuantías, a saber:
-El IPREM diario, 17,93 euros. -El IPREM mensual, 537,84 euros.
-El IPREM anual, 6.454,03 euros.
De momento y a la espera que se aprueben los Presupuestos Generales del Estado para 2018, las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social se revalorizan el 4% del SMI, manteniéndose congeladas las Base Máximas de Cotización, esto es, 3751,20 € mensuales.
Por último reseñar que el IPC definitivo para el año 2017 fue del 1,1%
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