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lunes, 3 de enero de 2022

Novedades sociolaborales para 2022 que contienen los Presupuestos Generales del Estado

El pasado 29 de Diciembre de 2021 se publicó  en el BOE la  Ley 22/2021 de  Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 (L 22/2021). A continuación, recogemos las principales novedades en el ámbito tributario y en materia laboral y de Seguridad Social;

-Planes de pensiones. Se reduce a 1.500 euros (2.000 euros en 2021) la aportación máxima anual al plan de pensiones individual que da derecho a disfrutar de reducción en el IRPF. No obstante, en el caso de las aportaciones a planes de pensiones de empresa, será posible aportar hasta 10.000 euros (sin que la suma de aportaciones a planes individuales y de empresa pueda superar los 10.000 euros). La aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se mantiene en 1.000 euros anuales. 

-Cotización del Régimen General de la Seguridad Social, las bases máximas de cotización quedan establecidas para 2022 en 4.139,40 euros mensuales o 137,98 euros diarios. Las bases mínimas, según categorías profesionales y grupos de cotización, se incrementarán en el mismo porcentaje en que aumente el SMI, si bien, de momento sigue vigente para 2022 el SMI de 2021,m esto es, 965 € brutos por 14 pagas. Se mantienen los tipos de cotización hasta ahora vigentes.

-Cotización RETA: las bases de cotización se fijan en 4.139,40 euros la base máxima y en 960,60 euros la base mínima. Se mantienen los tipos de cotización fijados a partir del 1-9-2021 (1,30% por contingencias profesionales y 0,9% por cese de actividad).

-Pensiones, revalorización;
 durante 2022, se establece una revalorización media de las pensiones igual al incremento del IPC entre los meses de diciembre 2020 y noviembre de 2021 que no van a poder superar el límite máximo fijado para el año 2021 (2.707,49 euros mensuales o 37.904,86 euros anuales) incrementado en el mismo porcentaje que experimente el IPC entre los meses de diciembre 2020 y noviembre de 2021.

-La cuantía de las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez se incrementa en el 3% quedando establecida en 5.808,60 euros/año. El complemento por vivienda se fija en 525 euros/año, para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada.

-Otras aspectos que contiene la Ley 22/2021:
-Interés legal del dinero: se mantiene, para el año 2022, en el 3%.
-Interés de demora:  se mantiene, para el año 2022, en el 3,75%.
-IPREM: se establecen las siguientes cuantías para el año 2022: 
Diario: 19,30 euros.
Mensual: 579,02 euros.
Anual: 8.106,28 euros o 6.948,24 euros. si expresamente se excluyen las pagas extras.

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