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lunes, 23 de junio de 2014

Las Indemnizaciones por despidos dejan de estar exentas de IRPF desde el pasado viernes.

El Gobierno ha empezado a desvelar este lunes una de las medidas "estrella" de la llamada  Reforma Fiscal.  Concretamente el anteproyecto de la Reforma Fiscal que se ha dado a conocer establece, a falta de mayor concreción y a la espera de la oportuna tramitación parlamentaria que acabe de perfilar el tema, es que todos aquellos trabajadores que hayan sido objeto de despidos disciplinarios improcedentes o despidos objetivos (tanto individuales como colectivos) acaecidos a partir del  pasado 20 de junio comenzarán a tributar por IRPF parte de la indemnización percibida.

Al importe indemnizatorio se incorpora un mínimo exento equivalente a 2.000 euros por año trabajado, todo lo que exceda de este importe tributará  de forma progresiva según el tipo marginal, con una posible reducción del 40%  (un 30%  a partir de enero de 2015)  si existe un periodo de generación de más de 2 años (antigüedad laboral) y con el tope de 300.000 euros.

Hasta ahora, las indemnizaciones por despido sólo tributaban si superaban el máximo que marca la ley (los 45 días por año trabajado antes de la reforma laboral de febrero de 2012 y los 33 días tras la reforma).

El límite previsto de los 2000 euros no se aplicará a las indemnizaciones por despidos o ceses producidos con anterioridad al 20 de junio de 2014. Tampoco resultará de aplicación a los despidos que se produzcan a partir de esa fecha pero deriven de un expediente de regulación de empleo (ERE) aprobado o un despido colectivo comunicado a la autoridad laboral, con anterioridad al  pasado viernes.

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