Lo nunca visto. Según se ha sabido hoy y como novedosa iniciativa para aliviar la crítica situación de muchas empresas, la Agencia Tributaria ha dado instrucciones a sus delegaciones territoriales para que sean flexibles y consideren las solicitudes de empresas de aplazar el ingreso de las retenciones por IRPF que se practican en las hojas de salarios de los empleados.
La medida es llamativa y controvertida ya que las retenciones por IRPF que se descuentan de las nóminas no es propiamente dinero de la empresa, sino del trabajador, al que se le retiene por nómina para ser posteriormente ingresado trimestralmente al fisco. Es decir, las empresas tan sólo actúan como meros intermediarios o colaboradores de la AEAT. Hasta ahora este medida era excepcional y tan sólo era efectiva para situaciones en que "pudiera afectar sustancialmente el mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo" de las empresas y con el límite de que "pudiera producir quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública". Es por ello que hasta la fecha era una medida residual a la que difícilmente acudían las empresas por cuanto eran conocedoras que el fisco prácticamente acabar por tumbar cuantas solicitudes se le presantaran por delante.
No obstante que nadie se emocione con este presunto altruismo del fisco, porque como cualquier otro acuerdo para demorar el ingreso al fisco, junto con la petición de aplazamiento la empresa deberá presentar un aval que garantice el pago. A más a más, a la deuda se le cargará además un tipo de interés por el aplazamiento que rondaría el 7%, nada atractivo cuando el precio legal del dinero está a la mitad. Puestos a financiarse a corto plazo con cargo a las arcas públicas, a las empresas les sale más rentable la opción de hacerlo a cargo de la Seguridad Social, por cuanto los recargos de mora son del 3% y 5% durante el primer y segundo mes de morosidad, sin exigencia de presentación de aval y por cuanto los importes adeudados suelen ser siempre son superiores.
La medida es llamativa y controvertida ya que las retenciones por IRPF que se descuentan de las nóminas no es propiamente dinero de la empresa, sino del trabajador, al que se le retiene por nómina para ser posteriormente ingresado trimestralmente al fisco. Es decir, las empresas tan sólo actúan como meros intermediarios o colaboradores de la AEAT. Hasta ahora este medida era excepcional y tan sólo era efectiva para situaciones en que "pudiera afectar sustancialmente el mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo" de las empresas y con el límite de que "pudiera producir quebrantos para los intereses de la Hacienda Pública". Es por ello que hasta la fecha era una medida residual a la que difícilmente acudían las empresas por cuanto eran conocedoras que el fisco prácticamente acabar por tumbar cuantas solicitudes se le presantaran por delante.
No obstante que nadie se emocione con este presunto altruismo del fisco, porque como cualquier otro acuerdo para demorar el ingreso al fisco, junto con la petición de aplazamiento la empresa deberá presentar un aval que garantice el pago. A más a más, a la deuda se le cargará además un tipo de interés por el aplazamiento que rondaría el 7%, nada atractivo cuando el precio legal del dinero está a la mitad. Puestos a financiarse a corto plazo con cargo a las arcas públicas, a las empresas les sale más rentable la opción de hacerlo a cargo de la Seguridad Social, por cuanto los recargos de mora son del 3% y 5% durante el primer y segundo mes de morosidad, sin exigencia de presentación de aval y por cuanto los importes adeudados suelen ser siempre son superiores.
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