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lunes, 17 de noviembre de 2008
Las Suspensiones de Contratos de Trabajo como alternativa a los ERE's
En tiempos de crisis como los actuales la presentación masiva de Expedientes de Regulación de Empleo a la Autoridad Laboral está al orden del día. Una herramienta bastante en desuso por parte de las Empresas y que podría ser una alternativa frente a la toma de una medida tan drástica como el Expediente de Regulación de Empleo es la Suspensión de los Contratos de Trabajo que estipula el art. 45.1.j del Estatuto de los Trabajadores. Básicamente se trata de un procedimiento que con la debida autorización administrativa permite a las empresas suspender en tiempos de crisis y de una forma motivada los contratos de sus trabajadores. Con ello la empresa no se desprende de manera definitiva de su capital humano a la par que no tiene que abonarles su salario ni indemnizaciones por despido mientras dure la crisis, si bien sí que deberá seguir cotizando por los trabajadores con contrato suspendido. Los trabajadores por su parte cobran el desempleo mientras dura la suspensión de sus contratos de trabajo. Un tema a debatir en los expedientes de suspensión es el relativo al complemento de la prestación por desempleo hasta el salario real. Pero bien, creemos que es una opción que siempre se debería de contemplar y que desde la Administración se debería de agilizar y pontenciar su uso.
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Cierto, es una lástima que las empresas se tiren directamente a los ERE's y no comtemplen antes posibles suspensiones de contratos para salir de situaciones coyunturales de crisis, s2
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