La Decisión 2012/831/UE de la Comisión de 20 de diciembre de 2012, publicada el pasado 22/12/2012, ha autorizado a España a ampliar la suspensión temporal de la aplicación de los artículos 1 a 6 del Reglamento (UE) nº 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, con respecto a los trabajadores rumanos.
Concretamente, se permite que España amplíe la suspensión temporal de la aplicación de la libre circulación de los trabajadores rumanos dentro de la Unión Europea hasta el 31-12-2013.
Esta decisión de la Comisión no afecta a los nacionales rumanos, ni a los miembros de sus familias, que estuvieran ya empleados en España desde el 12-8-2011, o que en su defecto, en esta fecha ya estuvieran inscritos como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo de España.
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