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jueves, 10 de diciembre de 2015

Últimas oportunidades para rebajar la factura fiscal del IRPF


Justo  ahora  que estamos próximos de finalizar el año, cabe recordar  que estamos en plazo para tratar de reducir el coste de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que venimos soportando en las hojas de salario o facturas, y si bien es cierto que la última Reforma fiscal eliminó bastantes de los beneficios fiscales más arraigados,  algo (poco) queda todavía para deducir al contribuyente de tipo medio,  a saber, entre otras:
  1. Las aportaciones a los planes de pensiones, a los planes de previsión social empresarial, a los planes de previsión asegurados, a las mutualidades de previsión social y, a las primas satisfechas a seguros privados que cubran exclusivamente el riesgo de dependencia severa o gran dependencia reducen directamente la base imponible, con el límite máximo conjunto deducible de la menor de las siguientes cantidades: 8.000 € anuales o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio, independientemente de la edad. 
  2. Las aportaciones realizadas a los sistemas de previsión social por el cónyuge del contribuyente, cuando dicho cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o los obtenga en cuantía inferior a 8.000 euros anuales, reducen la base imponible con el límite máximo de 2.500 euros anuales.
  3. La amortización anticipada de la hipoteca o préstamo destinado a la adquisición de la vivienda habitual también es deducible con limitaciones si se tiene derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual (para adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012). 
  4. Se puede deducir los donativos a ONG hasta en un 150 euros, la deducción será del 50% y del 27,5% en lo que supere. También deducen las donaciones a partidos políticos en un 20% hasta el tope de 600 euros. En el caso de las cuotas sindicales, se reduce la totalidad de lo pagado. Y sobre los gastos jurídicos por asuntos laborales, se reduce el total hasta 300 euros.
  5. En 2016 los tipos impositivos de la base del ahorro se reducirán en medio punto porcentual. Así pues, si la transmisión de carácter patrimonial (acciones, inmuebles...) se realiza a partir de enero de próximo año podrán aplicarse los nuevos tipos más reducidos. Lo mismo ocurre en el caso de cobro de dividendos o rendimientos de capital mobiliario. 
  6. Los contribuyentes mayores de 65 años podrán excluir de gravamen las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales (no necesariamente inmuebles), siempre que el importe (total o parcial) obtenido por la transmisión se destine en el plazo de seis meses a constituir una renta vitalicia asegurada a su favor, con el límite de 240.000 euros.

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