En el recientemente publicado Real Decreto 1975/2008, de 28 de noviembre, sobre las medidas urgentes a adoptar en materia económica, fiscal, de empleo y de acceso a la vivienda, se fija como opera todo el procedimiento de adelanto de la deducción por vivienda habitual vía nómina. Básicamente, afectará a los trabajadores por cuenta ajena con ingresos inferiores a 33.000 € brutos anuales y que se aplican en su declaración de Renta la deducción por adquisición de vivienda habitual, y que por tanto se podrán beneficar de una reducción de dos puntos en las retenciones de IRPF practicadas en su nómina en lugar de esperar a la declaración del renta del año posterior. La medida es igualmente aplicable a los autónomos que se podrán reducir el 2% en sus rendimientos en los pagos fraccionados.
Los trabajadores que decidan acogerse a estas ayudas deberán comunicarlo a su empresa antes del 31 de diciembre de 2008 si ya están pagando una hipoteca, si bien, a fecha de hoy la Agencia Tributaria no ha puesto a disposición de las empresas el modelo de comunicación que deberá utilizarse.
Si la hipoteca se empieza a pagar a partir del 1 de enero de 2009, el contribuyente deberá comunicarlo a la empresa en el momento en que comience a realizar los pagos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Todo Laboral no es una Asesoría Laboral Virtual, en consecuencia, no atendemos consultas personales.
Gracias