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jueves, 29 de abril de 2010

Actuaciones de control y verificación de cotización por pago delegado de las prestaciones por Incapacidad Temporal


El pasado 22/04/10 se publicó en el BOE la Resolución de 13 de abril de 2010 de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social , mediante la cual se fijan las actuaciones de control y verificación de las compensaciones en los documentos de cotización por pago delegado de la prestación de incapacidad temporal realizadas por las empresas y, en su caso si procede, su ulterior reclamación.

La citada resolución entrará en vigor el próximo 24 de mayo de 2010, y por lo que se conoce hasta el momento, se articulará de la siguiente forma:

  • La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) trasladará a las Mutuas de Accidentes de Trabajo la información de los importes compensados por las empresas para que en el plazo de 30 días se verifique la procedencia de las deducciones practicadas.

  • Si la Mutua de Accidentes de Trabajo detectase que la empresa se ha practicado deducciones incorrectas en concepto de pago delegado deberá de dar traslado de la misma a la TGSS en el plazo máximo de 10 días para que ésta proceda a emitir las correspondientes reclamaciones de deuda contra las empresa presuntamente infractora.

  • Las reclamaciones de deuda que no sean atendidas en plazo tendrán como efecto que la empresa aparezca como deudora de la Seguridad Social con todas las consecuencias que ello supone, entre otras,  inaccesibilidad a concursos públicos y a la recepción de subvenciones públicas,  imposibilidad de concertar contratos bonificados, etc.

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