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sábado, 14 de marzo de 2020

Pymes y autónomos podrán pedir aplazamientos tributarios de hasta 30.000 euros

Ayer se publicó en el BOE el Real Decreto ley 7/2020, cuya novedad más destacable sería la que permite que las pymes y los autónomos (no así las grandes empresas) puedan aplazar  hasta 30.000 euros en el pago de impuestos tributarios durante seis meses, con tres meses de carencia. 

Es decir, los aplazamientos tributarios se concederán por un plazo de seis meses, pero las empresas tendrán la opción de devolver el dinero a los tres y no abonar nada en intereses

Los aplazamientos, que se podrán presentar previa solicitud, se refieren a aquellas deudas tributarias que estén en periodo voluntario de pago desde este 13 de marzo hasta el 30 de mayo de 2020.

Además, las Pymes y los autónomos podrán solicitar el aplazamiento por conceptos que hasta ahora tenían la consideración de inaplazables,  se permitirá aplazar las retenciones del IRPF (p.ej. de las nóminas de los trabajadores), cuotas repercutidas de IVA y pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, liquidaciones provinciales de otros tributos, incluso liquidaciones de impuestos estatales no cedidos, IIEE, aranceles, etc.

La instrucción ya esta colgada en WEB de la AEAT. La Ley General Tributaria no permite postergar el plazo de estos conceptos, algo que el real decreto-ley modifica para dotar de mayor liquidez a pequeñas empresas y autónomos.




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