Hoy se ha sabido que una sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo (que está a punto de publicarse) pondrá coto a los pagos indiscriminados de las empresas a sus consejeros al obligar a que se detalle expresamente el pago y cuantía de sus remuneraciones en los estatutos de la compañía para que así puedan ser fiscalmente deducibles en el Impuesto de Sociedades.
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